Estos son los cambios en la devolución de IVA para adultos mayores

Ecuador

El Gobierno de Daniel Noboa hizo cambios en la devolución del impuesto al valor agregado (IVA) para adultos mayores y personas con discapacidad. Así se establece en la Ley de Fortalecimiento de las Actividades Turísticas y Fomento del Empleo, cuyo reglamento fue oficializado este lunes 15 de julio de 2024.
a normativa, entre otras cosas, establece nuevos parámetros para que los adultos mayores y las personas con discapacidad accedan a la devolución del IVA.

El principal cambio es que para ser beneficiario de la devolución del IVA, los adultos mayores y las personas con discapacidad deben hacer compras de bienes o servicios de primera necesidad en establecimientos previamente calificados por el Servicio de Rentas Internas (SRI).

Para que un establecimiento sea calificado debe estar al día en la declaración mensual del IVA y haber cumplido con esta obligatoriedad por, al menos, 12 meses consecutivos, explicó Idrián Estrella, de Estrella & Apolo Consultores.

Con la normativa anterior se podía solicitar la devolución del tributo por las compras realizadas en cualquier local del país.

Este cambio será significativo para los adultos mayores y las personas con discapacidad, ya que deberán asegurarse que un local esté calificado por el SRI, antes de adquirir sus bienes o servicios, agregó Estrella.

¿Cuándo entrará en vigor el cambio en la devolución de IVA?
Para que entre en vigencia el cambio en la devolución de IVA, el SRI debe emitir previamente un catastro o listado de los locales calificados. Hasta este 17 de julio aún no se hacía pública dicha lista.

La administración tributaria informó que trabaja en el desarrollo de los actos normativos para la aplicación del cambio, sin detallar una fecha en la que se conocerá el catastro de establecimientos calificados. Por ahora se mantiene la devolución del IVA sin modificaciones, agregó.

¿Qué es y para qué sirve la devolución de IVA?
La devolución del IVA es un beneficio de carácter personal previsto en la Ley, a favor de los adultos mayores y las personas con discapacidad. Por medio de este se restituye el valor del tributo pagado en la adquisición local de bienes y servicios de primera necesidad.

¿Quiénes tienen derecho a la devolución del IVA?
Tienen derecho a este beneficio las personas, ecuatorianas o extranjeras residentes en el Ecuador, que hayan cumplido o superen los 65 años de edad.

En el caso de personas con discapacidad, la devolución del IVA se aplicará de manera proporcional de acuerdo al grado de discapacidad del beneficiario, desde el 30% de discapacidad en adelante.

Monto del beneficio
El monto máximo de devolución del IVA mensual corresponde al valor del impuesto (15%) de hasta dos salarios básicos unificados, 460 dólares para este 2024. Es decir, el valor máximo que se podrá solicitar un beneficiario por devolución de IVA es 138 dólares mensuales. ELCOMERCIO

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