Como una manera de contener el avance de los contagios y la presencia de la variante ómicron, el Gobierno de Ecuador declaró el jueves la obligatoriedad de la vacunación contra la COVID-19.
La medida aparece en momentos en que cerca del 23 % falta por vacunar, pese a los intentos del Gobierno de acelerar el proceso y tratar de que la población esté inoculada. Hasta el 21 de diciembre, 12,4 millones de personas contaban con las dosis completas, lo que representa el 77,2 % de los algo más de 16 millones de habitantes.
A pocas horas de esta decisión, las autoridades gubernamentales han ido despejando dudas sobre esta obligatoriedad y la manera en que intentará hacer cumplir esta disposición.
Si bien a los ciudadanos no se los detendrá ni menos se los llevará a la fuerza a un vacunatorio, sí habrá limitantes para que los no inolucados puedan acceder a ciertos espacios. Y esto porque se sancionará a los establecimientos que decidan dejar entrar a personas que no tengan las dosis.
El Ministerio de Salud notificó que no aplicará sanciones directas, sino que estos ciudadanos solo se verán limitados en el acceso a todo tipo de eventos por no disponer del certificado de dosis completas, como ocurre en otros países.
“Esperamos que las personas cumplan. La cartera no aplica sanciones a los no inmunizados”, aseguró.
El sentido de “obligatoriedad”, considera el Gobierno, emana directamente de la reciente decisión del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) nacional para que no se permita la entrada a “ciertas actividades no esenciales” si el participante no presenta el carné de vacunación con pauta completa, vigente desde este viernes.
Lo cual será exigido en “eventos, cines, museos y otros” y lo gestionarán “las intendencias y Gobiernos autónomos descentralizados (GAD)”. Es decir, “ellos vigilarán su cumplimiento”.
Juan Zapata, presidente del COE nacional, en una entrevista televisiva, explicó, por ejemplo, que si realiza un operativo aleatorio en un restaurante y se detectan personas no vacunadas en su interior, se sancionará al establecimiento.
“No piense que vamos a obligarle a que se coloque la vacuna, pero sí conciencia ciudadana. Debemos llevar ese documento (carné de vacunación)”, indicó Zapata, quien ratificó que no existe sanción para el ciudadano.
El funcionario dijo que incluso se podrían establecer incentivos a los establecimientos que cumplan las disposiciones.
Zapata indicó que el objetivo de estas medidas es motivar la vacunación, pues es la mejor estrategia para poder enfrentar la pandemia.
El Ministerio de Salud indicó que la medida tiene fundamento legal. Citó el numeral 4 del artículo 6 de la Ley Orgánica de la Salud, que refiere “declarar la obligatoriedad de las inmunizaciones contra determinadas enfermedades, en los términos y condiciones que la realidad epidemiológica nacional y local requiera; definir las normas y el esquema básico nacional de inmunizaciones; y proveer sin costo a la población los elementos necesarios para cumplirlo”.
Asimismo, en la Constitución de la República, en su artículo 32, se detalla que es un derecho que el Estado garantiza a través de políticas públicas, programas, acciones y servicios oportunos para la promoción y atención integral de salud. ElUniverso.com